Sábado, 27 de abril de 2024

El RD de troncalidad crea una única especialidad de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria

Funde en un mismo título las dos especialidades y establece nuevas vías de acceso a la formación  

Permite obtener un nuevo título de especialista en otra especialidad del mismo tronco de la que ya se posea

Madrid, 30 de julio. El Consejo de Ministros aprobó, el pasado 25 de julio, el Real Decreto que regula la troncalidad de la formación sanitaria, así como la reespecialización y la capacitación específica. La troncalidad supone la adquisición de competencias comunes a varias especialidades en ciencias de la salud a través de un periodo de formación uniforme. De esta manera, la formación en régimen de residencia se estructura en dos ciclos consecutivos, uno troncal, en el que se adquieren los conocimientos comunes a las especialidades del mismo tronco, y otro específico en el que se adquieren los conocimientos de cada especialidad. Ambos ciclos integrarán la formación completa de las especialidades en ciencias de la salud.

Entre las novedades que afectan a la formación en Farmacia, el nuevo Real Decreto modifica el título de especialista de Farmacia Hospitalaria, que pasará a denominarse Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria, y al que podrán acceder los graduados/licenciados en Farmacia. La Comisión Nacional de la especialidad de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria contará con una representación equilibrada de los distintos ámbitos integrados en dicha especialidad.

La norma también crea especialidades pluridisciplinares. Para ello fusiona las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica para crear una especialidad pluridisciplinar y se crea la especialidad de Genética Clínica. A estas dos especialidades podrán acceder los graduados/licenciados en Medicina, Farmacia o en Biología y Química.

El Real Decreto abre un periodo transitorio de las especialidades de Farmacia Hospitalaria, Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica. Los programas formativos oficiales de estas especialidades permanecerán en vigor hasta que finalicen la residencia los que hayan sido adjudicatarios de plazas en formación de dichas especialidades con anterioridad a las convocatorias en las que se incluyan, por primera vez, plazas de las nuevas especialidades.

Como vía de acceso a los nuevos títulos de especialista, los titulados universitarios podrán, de forma única y excepcional, solicitar la obtención de los títulos de nueva creación por el procedimiento previsto en esta disposición, "siempre que acrediten una experiencia profesional vinculada al ámbito de la especialidad de que se trate no inferior a la duración de su programa formativo oficial y que la misma se haya adquirido antes de la publicación en el BOE de la primera convocatoria ordinaria estatal en la que se oferten plazas de formación de la especialidad a cuyo título se aspira". No computará como experiencia vinculada a la nueva especialidad de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria las actividades profesionales de los farmacéuticos en las oficinas de farmacia.  

La norma regula también la reespecialización y la capacitación específica y modifica el actual mapa de especialidades en ciencias de la salud mediante la creación, cambio de denominación y fusión de determinados títulos de especialista. Así, se han creado la especialidad de Psiquiatría del Niño y del Adolescentes y la de Genética Clínica, además de los títulos ya citados de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria, y Análisis Clínico y Bioquímica Clínica.

Consultar nota de prensa del Ministerio de Sanidad

Fuente: COFM

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El Real Decreto de troncalidad regula la reespecialización y la capacitación específica y modifica el actual mapa de especialidades en ciencias de la salud mediante la creación, cambio de denominación y fusión de determinados títulos de especialista.

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