Sábado, 27 de abril de 2024

El TC prorroga la suspensión del euro por receta en Cataluña

El auto admite la "dificultad de reparación" como justificación para mantener la suspensión

Madrid, 24 de mayo. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión del euro por receta en Cataluña decretada el pasado 15 de enero, tras admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra la norma de la Generalitat.

La decisión impide la aplicación del euro por receta hasta que el Constitucional emita sentencia firme, lo que podría tardar años.

El auto del TC no valora el fondo del asunto y se limita a justificar la prórroga de la suspensión cautelar, de fecha de 21 de mayo, en "la dificultad de deshacer las situaciones creadas". Entiende el Tribunal que al cobrarse la tasa en la dispensación del medicamento recetado "sería virtualmente imposible la restitución al beneficiario de la prestación farmacéutica de la tasa cobrada" y que, en cualquier caso, resultarían "excesivamente onerosas" las cargas, molestias y costes que conlleva para los ciudadanos y la propia Administración las operaciones de devolución de las cantidades ya ingresadas.

La resolución, no obstante, descarta muchas de las alegaciones presentadas por el Abogado del Estado contra la norma catalana. Así, no tiene en cuenta que la tasa pueda erigirse en barrera que impida el acceso a la prestación farmacéutica de los usuarios con menos recursos y mayores necesidades o que suponga un riesgo irreparable para la salud. Tampoco aprecia el TC una reducción de la calidad y eficacia de la prestación que revierta en una lesión del derecho a la protección de la salud, ya que los argumentos sobre la adherencia al tratamiento y al impacto económico de la norma autonómica sobre los pensionistas "se formulan con un carácter marcadamente hipotético que, en ningún momento, se concretan ni justifican", argumenta.

De igual forma, no tiene en cuenta la comparación de la efectividad del sistema de aportación aprobado en España con el de la tasa por receta, ni tampoco la supuesta desviación de la prescripción hacia medicamentos más caros o el efecto frontera por desviación de la adquisición hacia otras comunidades autónomas. El TC sostiene que "no se aportan datos que permitan acreditar y cuantificar estos extremos y el perjuicio que puedan producirse, lo que nos sitúa en el campo de la mera conjetura o hipótesis". 

La tasa por los servicios de mejora en la expedición y dispensación de recetas entró en vigor el 23 de junio de 2012 y se suspendió en enero de 2013. En los primeros seis meses de aplicación, la Generalitat obtuvo una recaudación de 45,7 millones de euros y se redujo el volumen de recetas en un 5,9 por ciento, respecto al mismo periodo del año anterior.

La decisión no afecta al recurso que el Gobierno presentó contra el euro por receta implantado en la Comunidad de Madrid el pasado mes de enero. El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso el pasado 29 de enero, lo que se traduce en su suspensión durante cinco meses. Transcurrido este tiempo, el TC debe resolver si prorroga la medida cautelar o la levanta mientras estudia el fondo de la cuestión.

Fuente: COFM

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Devolución "excesivamente onerosa"Descripci�n de imagen

El auto del TC señala que se evidencia "no sólo el carácter excesivamente oneroso de las cargas, molestias y costes que, en su caso, conllevarían para los sujetos pasivos las operaciones de devolución de las cantidades ya ingresadas --precisa el auto--, sino también para la propia Administración autonómica, que se vería obligada a arbitrar un procedimiento de devolución individualizado con unos costes de gestión que, incluso, podrían llegar a superar la cuantía recaudada por la propia exacción de la tasa".

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