Madrid, 28 de febrero de 2024. Hasta
4.558 presentaciones de medicamentos veterinarios autorizadas se dispensan en España a través de la red de oficinas de farmacia. Son 1.161 principios activos donde el consejo profesional del farmacéutico comunitario es esencial para garantizar un uso seguro y de calidad de los medicamentos y productos de salud animal.
Desde el pasado 20 de julio, la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios está regulada por el
Real Decreto 666/2023, de 18 de julio.
Para abordar este nuevo marco legal, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM) celebró, el pasado 13 de febrero, una
sesión informativa sobre la nueva receta de veterinarios y registro de medicamentos, que presentó y coordinó el vicepresidente 3º del Colegio,
Rafael Areñas.
Entre otras novedades, la nueva normativa prohíbe la dispensación de medicamentos veterinarios sujetos a prescripción sin contar con la preceptiva receta o desempeñar en una misma dependencia, ubicación o sede las actividades de prescripción, dispensación o venta de este tipo de productos sanitarios.
En el caso de la
receta veterinaria solo podrá incluir un único tratamiento para un animal o grupo de animales de una misma especie ubicados en una misma explotación, o bajo el cuidado de un mismo propietario en el caso de animales de compañía, pudiendo incluir uno o varios medicamentos.
Igualmente, recoge una nueva definición de
cesión de medicamentos, como la entrega sin ánimo de lucro, según subrayó Areñas, de medicamentos por parte del veterinario prescriptor al propietario o responsable del animal o animales, con el fin de asegurar la continuidad del tratamiento, siempre que concurra alguna dificultad específica para el acceso a la medicación, según precisa el nuevo Real Decreto.
La sesión informativa contó también con la intervención de
María Jesús Escribano, responsable de Asesoría Técnica del COFM, de
Lourdes Oruezábal, de COFM Servicios 31, y de
Sandra López, farmacéutica del Servicio de Información Técnica del Colegio.
Servicio farmacéutico obligatorio
Uno de los puntos recalcados del nuevo texto es que los establecimientos minoristas, que junto a las oficinas de farmacia y las entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas son los únicos centros autorizados para dispensar medicamentos veterinarios, están obligados a disponer de un
servicio farmacéutico a cargo de un farmacéutico. La única condición recogida es que este profesional solo podrá ser responsable de un máximo de seis servicios farmacéuticos.
Otro de los apartados que hay que tener en cuenta son las recetas de
fórmulas magistrales veterinarias. El veterinario deberá acudir inicialmente, y sin excepción, a prescribir los medicamentos veterinarios que estén autorizados para la enfermedad concreta a tratar.
En el caso de no existir medicamentos veterinarios autorizados para una enfermedad, Areñas recuerda que el veterinario podrá, de forma excepcional y bajo su responsabilidad personal directa, tratar al animal o animales afectados con prescripciones excepcionales por vacío terapéutico, las conocidas como prescripciones en cascada. “La fórmula magistral veterinaria se ha de tratar siempre como una prescripción excepcional por vacío terapéutico y así debe constar en la receta veterinaria”, señala.
Asimismo, se abordaron las
preguntas más frecuentes recibidas por el servicio de Información Técnica del Colegio y se incidió en la obligación de notificar las dispensaciones de cualquier tipo de medicamento antimicrobiano destinados a uso en animales o de declarar la especie de destino a través de la plataforma ESVAC -Vigilancia Europea del Consumo Veterinario de Antimicrobianos-, así como los movimientos de estupefacientes, incluidos los de veterinaria del año anterior, en la plataforma LABOFAR.
Por último, se facilitaron recursos de ayuda para los farmacéuticos, como
CIMAVET, una aplicación de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios que incluye todos los medicamentos veterinarios autorizados en España donde se puede consultar qué fármacos están sujetos a prescripción veterinaria y requieren receta.
Mercado en crecimiento
Infarma Madrid 2024 celebrará, el próximo 21 de marzo, a las 11.45 horas, una mesa de actualidad sobre
Medicamentos veterinarios. Nueva Ley, nuevas oportunidades, para seguir profundizando en la nueva normativa y en una categoría de medicamentos y productos de salud animal.
El mercado de medicamentos veterinarios se está convirtiendo en una de las categorías con mayor proyección en la farmacia europea. Su volumen de ventas en la Unión Europea alcanzó los 7.900 millones de euros en 2022, según los datos publicados por
Animal Health Europe. En el informe se observa cómo son las vacunas los productos relacionados con la salud animal más vendidos, con cerca del 33 % de las ventas, seguido de los antiparasitarios (29 %), los productos no categorizados y, por último, los antimicrobianos, cuyas ventas están en retroceso y se sitúan ya por debajo del 10 % del total de ingresos, confirmando el esfuerzo hecho por reducir las ventas de antibióticos veterinarios en animales. Entre 2011 y 2021, estas ventas disminuyeron casi a la mitad, según los datos facilitados por 25 países europeos dentro de ESVAC.
Casi la mitad de las ventas de los medicamentos dispensados se corresponde con el cuidado y prevención de mascotas, unos animales de compañía que están presentes en el 46 % de los hogares europeos.