Roma, 7 de julio. El Parlamento italiano tramita el decreto de vacunas que impone la obligación de vacunarse contra diez enfermedades: polio, difteria, hepatitis B, tos ferina, tétanos, Haemophilus influenzae tipo b, sarampión, rubéola, paperas y varicela.
Otras cuatro vacunas tendrá estatus de recomendadas: meningococo B, C meningocócica, neumococo y rotavirus. En este caso, no se prevén sanciones que oscilarán entre los 500 y los 3.500 euros para los padres que rechacen la administración de las diez vacunas a sus hijos, pero las autoridades sanitarias tendrán que hacer una promoción activa de las cuatro vacunas.
La vacunación también será obligatoria para los profesionales de la salud y de la educación a partir del 1 de enero de 2018. Estos colectivos deberán probar que están inmunizados bien por haber pasado la enfermedad o por haber recibido la vacuna.
Se establecerá un registro nacional de inmunización, que controlará el estado de los colectivos obligados a vacunarse.
Una de las novedades del texto es que el artículo 1 del decreto autoriza la administración de vacunas por parte de los médicos, con la ayuda de las enfermeras y siguiendo los procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud, en las oficinas de farmacia. "La posibilidad de administrar las vacunas en las farmacias es una muy buena noticia que beneficiará, en especial, a las personas que se encuentran en zonas desfavorecidas o aisladas", señaló la ministra Beatrice Lorenzin.
La presidenta de la Comisión de Higiene y Salud del Senado, Emilia de Biasi Grazia, también está satisfecha con la participación de las farmacias en el programa de vacunación. "La enmienda apunta al principio previsto en el Pacto de la Salud respecto a los Servicios de Farmacia. Hay que recordar que, a menudo, en algunas zonas del país, las farmacias rurales son el único centro de salud y también resulta agotador para las autoridades locales de salud efectuar desplazamientos de varios kilómetros de distancia".
Fuente: Il Farmacista
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Portada Nº 136Una de las novedades del texto es que el artículo 1 del decreto autoriza la administración de vacunas por parte de los médicos, con la ayuda de las enfermeras y siguiendo los procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud, en las oficinas de farmacia. "La posibilidad de administrar las vacunas en las farmacias es una muy buena noticia que beneficiará, en especial, a las personas que se encuentran en zonas desfavorecidas o aisladas", señaló la ministra Beatrice Lorenzin.
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