Sábado, 27 de abril de 2024

Artículo de Luis González Díez

En farmacia asistencial: "de la ley a la ley, a través de la ley"

Por su interés para los lectores de Digital Farmadrid, reproducimos el artículo del presidente del COFM, Luis González Díez, publicado en el Anuario Salud & Medicamento 2017, que edita el Grupo El Global

"Salvando todas las distancias al parafrasear a Torcuato Fernández Miranda, creo que en el desarrollo de la farmacia asistencial debemos ir "de la ley a la ley, a través de la ley".

Como entonces, los farmacéuticos estamos haciendo nuestra propia transición profesional. En cierto modo, estamos trabajando para restaurar muchas de las atribuciones y el protagonismo social y sanitario que, como boticarios, tuvimos. Pero, sobre todo, nos estamos preparando para responder de forma profesional a las nuevas necesidades sociosanitarias de la sociedad española.

Somos conscientes de que los caminos fáciles no suelen guiar a ningún sitio, razón de más para no caer en las prisas ni en la impaciencia. En el Colegio vamos paso a paso, cumpliendo fases y buscando siempre el acuerdo con la Administración.

Ni ahora, cuando estamos poniendo en marcha servicios de seguimiento farmacoterapéutico o de adherencia a los tratamientos, estamos fuera de la ley, ni tampoco podemos rebasar los límites al plantear nuevas prestaciones, porque necesitamos cobertura legal y consensos. Otra cosa será chocar, de forma innecesaria, con el resto de profesiones y frenar un proceso que se está abriendo paso de forma imparable dentro del sector.

Ahora bien, tampoco podemos admitir falsos conflictos competenciales y menos cuando hablamos de medicamentos y tratamientos farmacológicos, porque ningún profesional está más formado y capacitado desde el punto de vista académico y profesional que el farmacéutico.

La Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las oficinas de farmacia, supuso un importante avance en la definición y funciones de las farmacias. Otra cosa distinta fue su desarrollo y aplicación efectiva que nos dejó, en opinión de algunos, en un limbo jurídico que exigía una regulación estatal más detallada de la actuación farmacéutica.

En la Comunidad de Madrid, este desarrollo se hizo a través de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica, que incorporó el concepto de AF en su articulado que reconoce la labor del farmacéutico como agente de salud.

Su artículo 9.2 establece que las farmacias "podrán concretar cualquier otro servicio con la Administración pública en beneficio de la salud de la población". Nos ofrece, por tanto, un amplio margen de actuación siempre que nos enfoquemos en las necesidades de los pacientes.

Pero ¿cómo estamos avanzando ahora en el terreno de los nuevos servicios profesionales? En primer lugar, firmamos en abril de 2015 un nuevo Concierto farmacéutico que nos permite profundizar en la colaboración con la Consejería de Sanidad y el SNS, sin esperar a que el legislador regule la nueva realidad profesional que se está abriendo paso. El Concierto ofrece un importante espacio para desarrollar programas específicos de AF incluidos dentro de los Planes de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad de la Comunidad de Madrid.

Para impulsar nuestro papel como agentes de salud, era imprescindible crear un nuevo ámbito de colaboración con la Administración más allá del Concierto, para fijar así las condiciones de la participación efectiva de la farmacia en el sistema sanitario. Y lo hicimos a través del Convenio de Colaboración con la Consejería de Sanidad, firmado el 4 de marzo. Este Convenio marca el régimen de participación de las farmacias en actividades informativas a la población y otras relacionadas con la promoción, prevención y educación para la salud de los ciudadanos que se diseñen.

Junto con estos dos instrumentos, queremos ahora abrir un nuevo capítulo en la futura Ley de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, que reconozca jurídicamente la farmacia asistencial y defina, de forma clara y detallada, los contenidos de los servicios asistenciales a la población.

Queremos garantizar así una sólida base legal para desarrollar servicios relacionados con el Uso de los medicamentos y los productos sanitarios en seguimiento farmacoterapéutico, adherencia y venta a distancia al público.

Otro bloque de servicios estará relacionado con la AF mediante la vigilancia y seguimiento de reacciones adversas, el acceso al historial farmacoterapéutico, los SPD o la adherencia en programas específicos para mayores y polimedicados.

Por último, un tercer conjunto de servicios apuntará a la Asistencia Farmacéutica, a través de cribados, la participación en los distintos niveles asistenciales o la asistencia domiciliaria, los servicios relacionados con Óptica, Ortopedia, Análisis clínicos, Nutrición y Dietética, entre otros.

La remuneración de los servicios convalidados por la Administración es una reivindicación lógica que también debe recoger la Ley, como ocurre con la dispensación de metadona o los cribados de VIH. En unos casos, existirá un claro interés público y será la Administración quien retribuya la mayor implicación profesional del farmacéutico y, en otros, será la iniciativa privada o los beneficiarios quienes financien el despliegue de los servicios que demuestren su valor.

Con estos tres instrumentos legales -Concierto, Convenio y nueva Ley de Ordenación -, la farmacia madrileña estará en condiciones de avanzar en el desarrollo del modelo asistencial, con suficiente apoyo y respaldo jurídico".

Índice

Portada Nº 134
Tiempo de lectura: 5 minutos

Compartir

Paso a paso

Descripción de imagen

Somos conscientes de que los caminos fáciles no suelen guiar a ningún sitio, razón de más para no caer en las prisas ni en la impaciencia. En el Colegio vamos paso a paso, cumpliendo fases y buscando siempre el acuerdo con la Administración.

Aviso legal | Política de Cookies

Copyright © 2024.
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid.

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar el uso del sitio web y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias sobre la base de un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Política de cookies.