Viernes, 26 de abril de 2024

Francia. La ciberfarmacia sale del limbo

Los farmacéuticos en línea tienen dos meses para adaptar su página conforme a las nuevas normas

París, 5 de diciembre. ¿Será el final de la telenovela que tiene en vilo desde junio de 2015  a los farmacéuticos involucrados en la venta de medicamentos en Internet? El 1 de diciembre, el Departamento de Salud ha promulgado dos decretos sobre las buenas prácticas de dispensación de medicamentos. El primero contiene varias disposiciones sobre normas de comercio electrónico de medicamentos (Orden de 28 de noviembre de 2016 relativa a las buenas prácticas de dispensación de medicamentos en las oficinas de farmacia, las farmacias mutualistas y las farmacias de seguro minero). El segundo está centrado exclusivamente en la venta en línea y dicta las disposiciones técnicas (Orden de 28 de noviembre de 2016 relativa a las normas técnicas aplicables a las páginas en Internet de comercio electrónico de medicamentos previsto en el artículo L. 5125-39 del Código de Salud Pública).

Han sido necesarios 18 meses para llegar a esta nueva versión. El precedente data de junio de 2013 y fue anulado en marzo de 2015 por el Consejo de Estado debido a que el Ministerio de Salud había sobrepasado sus competencias.

Los textos recogen a grandes rasgos la Orden de 2013. El Ministerio, por tanto, mantiene su posición inicial. Y no trata en modo alguno las recomendaciones de la Autoridad de la Competencia que, en julio, era contrario a las limitaciones impuestas por Francia en el comercio de medicamentos en Internet.

Bruno Laserre, su presidente, había criticado lo que consideró "ejemplo de renuencia francesa". Denunció así la obligación para los farmacéuticos de almacenar los medicamentos vendidos en Internet en las propias farmacias o en locales de proximidad inmediata. O aquella que consistía en tener en cuenta la cifra de negocios realizada en Internet para la aplicación de las normas relativas al número de farmacéuticos que tenía que emplear.

Más estricto que la venta en mostrador

El Gobierno persiste en considerar los sitios de venta de medicamentos en Internet como una prolongación de la farmacia física. Una enfoque que lleva a reiterar que la preparación de los pedidos ligados a al comercio electrónico de medicamentos no puede más que hacerse en la propia farmacia implicada, en un espacio adaptado a este efecto.

Asimismo, la Orden estipula que la plantilla debe aumentarse en proporción "si el comercio electrónico de medicamentos conduce a un desarrollo de la actividad". De forma general, el paciente, su seguridad y la del medicamento son la prioridad afirmada en los dos textos.

El Ministerio obliga al paciente a rellenar un cuestionario detallado en su primer pedido. Como en el mostrador, el número de envases dispensados se limita y un dispositivo en la página en Internet alerta al farmacéutico cuando se supera la cantidad máxima. Además, en el mundo virtual, la venta de fármacos debe igualmente dar lugar a un intercambio "activo" entre el paciente y el farmacéutico en cada pedido. Los textos imponen también normas más estrictas que en el mostrador, pues ese diálogo individualizado debe poder imprimirse para el paciente gracias a una iconografía específica en la página.

De nuevo, las autoridades empujan el curso todavía más lejos para las farmacias en línea al imponer la consulta obligatoria del registro por parte del paciente

Una vez más, las autoridades están cargando tintas en la farmacia en línea mediante la imposición de consulta obligatoria del registro por parte del paciente al realizar el pedido. Este registro debe estar disponible en formato imprimible en PDF. La presentación del medicamento en las páginas está estrictamente regulado: se debe cumplir así con las normas sobre información (denominación de fantasía y DCI, indicaciones terapéuticas, forma galénica y número de unidades en el envase y precio), además de un hipervínculo que redirija al Registro. Las fichas de medicamentos que nos sean del Registro están prohibidas.

La página web no tiene nada que enviar a los estantes de la farmacia. Los productos deben estar presentados de forma clara y sin ambigüedades, con fotos del mismo tamaño. En toda la información difundida en el sitio, la mención "actualizar página..." es obligatoria. La página debe incluir el logo previsto por el Reglamento de la UE. Pero, como novedad, debe aparecer solo en los lugares del sitio en Internet de venta de medicamentos.

Fuente: Le Quotidien du Pharmacien

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Portada Nº 129
Tiempo de lectura: 4 minutos

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Normas 'online' más estrictas

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El Ministerio obliga al paciente a rellenar un cuestionario detallado en su primer pedido. Como en el mostrador, el número de envases dispensados se limita y un dispositivo en la página en Internet alerta al farmacéutico cuando se supera la cantidad máxima. Además, en el mundo virtual, la venta de fármacos debe igualmente dar lugar a un intercambio "activo" entre el paciente y el farmacéutico en cada pedido. Los textos imponen también normas más estrictas que en el mostrador, pues ese diálogo individualizado debe poder imprimirse para el paciente gracias a una iconografía específica en la página.

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