Viernes, 11 de octubre de 2024

Inglaterra. Expedientada una farmacéutica por mantener una relación íntima con un paciente de la farmacia  

El órgano regulador de la profesión denuncia el “grave incumplimiento de las normas” y publica un aviso que será visible en el registro profesional durante 12 meses  

Londres, julio de 2024. El Consejo General Farmacéutico (GPhC), el regulador de los farmacéuticos comunitarios y farmacias de Gran Bretaña, emitió el 24 de junio una advertencia profesional que afecta a la farmacéutica comunitaria Joanna Gillies, con número de registro 2231484, después de que se “descubriera” que había entablado una relación con un paciente.

“Gillies había estado supervisando el tratamiento del paciente A entre noviembre de 2022 y marzo de 2023”, según explica el comité de investigación. “Durante este tiempo, [ella] entabló una relación con el Paciente A que incluía un elemento sexual”, añade en el aviso publicado por este organismo. También se señala que la farmacéutica “no reveló esta relación a sus supervisores ni a otros profesionales involucrados en la atención del paciente A hasta que se descubrió en marzo de 2023”.

El Consejo aclara que la relación terapéutica entre un paciente y su proveedor de atención médica “es una piedra angular fundamental de la atención médica”. Las rupturas en esta relación pueden, en su opinión, “comprometer el trato que reciben y traer un grave descrédito a la profesión”.

Para prevenir este tipo de situaciones, recuerda que los profesionales de farmacia “deben poder hablar con sus colegas y supervisores cuando surjan problemas, incluso si esto les puede causar vergüenza. Esto es aún más crucial cuando no hacerlo puede correr el riesgo de dañar a otros y comprometer el tratamiento brindado a los pacientes”.

A juicio del GPhC, “se ha producido un grave incumplimiento de las normas”, ya que la farmacéutica ha incumplido los siguientes estándares para profesionales de farmacia que se detallan en la comunicación. En concreto, se señala el estándar 5 que indica que los profesionales de farmacia deben utilizar su criterio profesional; la norma 6, que obliga a los profesionales de farmacia a comportarse de manera profesional y el estándar 8, que insta a los profesionales farmacéuticos a hablar cuando tienen inquietudes o cuando algo sale mal.

Después de esta relación, recuerda a la farmacéutica que “los límites entre pacientes y profesionales sanitarios deben mantenerse en todo momento”, por lo que advierte que es responsabilidad de los profesionales “proteger la relación terapéutica, rechazar cualquier avance inapropiado por parte de los pacientes o alejarse por completo de esta situación, si esto es en el mejor interés del paciente”.

El aviso del Consejo General Farmacéutico está publicado en el registro profesional y estará disponible durante 12 meses.

Fuente: General Pharmaceutical Council
 

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Portada Nº 208
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Límites entre pacientes y profesionales

Después de esta relación, recuerda a la farmacéutica que “los límites entre pacientes y profesionales sanitarios deben mantenerse en todo momento”, por lo que advierte que es responsabilidad de los profesionales “proteger la relación terapéutica, rechazar cualquier avance inapropiado por parte de los pacientes o alejarse por completo de tal situación si esto es en el mejor interés del paciente”.

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